Inicio » Content » JUAN CASIANO: “CONFERENCIAS” (Conferencia II, capítulos 14-17)

Capítulo 14. Sobre la vocación de Samuel

El ejemplo que se ha presentado en el capítulo 13, nos enseña que no todos los ancianos tienen las condiciones requeridas para formar humana y espiritualmente a sus hermanas y hermanos más jóvenes, o con menos experiencia. Pero ello no elimina la enseñanza fundamental: es necesario interrogar para conocer la voluntad del Señor. Dos ejemplos de la Sagrada Escritura, de uno y otro Testamento (caps. 14-15), y una sentencia bíblica (cap. 15) nos enseñan la importancia decisiva de atrevernos a preguntar para avanzar a pie firme en el camino del seguimiento de Cristo.

 

Primer testimonio bíblico: el ejemplo de Samuel

14. «Se comprueba, entonces, que esta enseñanza es muy grata a Dios, pues no sin razón hallamos idéntica instrucción inserta también en la Sagrada Escritura. En efecto, el Señor no quiso instruir por sí mismo al niño Samuel, que Él había elegido, por medio de la disciplina del coloquio divino, sino que recurrió, primera y segunda vez, al parecer del anciano. Quiso [Dios] que, éste último, aunque hubiera ofendido a Dios, instruyera al que era llamado a hablar con Él, por el hecho de ser anciano (cf. 1 S 3). Y prefirió que el joven, que con su llamado había considerado muy digno, fuera instruido por la enseñanza de un anciano, para que la humildad de quien era llamado al ministerio divino fuese puesta a prueba, y propuesta al joven, como ejemplo, la forma de esta sumisión».

 

Capítulo 15. Sobre la vocación del apóstol Pablo

Segundo testimonio: el ejemplo de Pablo

15.1. «Cristo, llamando a Pablo y dirigiéndose a él directamente, incluso pudiendo revelarle de inmediato el camino de la perfección, prefirió enviarlo a Ananías y ordenó que éste le hiciera conocer el camino de la verdad, diciendo: “Levántate y entra en la ciudad, y allí se te dirá qué debes hacer” (Hch 9,6). Lo mandó entonces, también a él, a un anciano, y consideró que debía ser instruido más por la doctrina de éste que por la suya [propia]; de modo que lo que Pablo había obrado con rectitud no ofreciera un mal ejemplo de presunción a la posteridad, para que alguno se persuadiera ser deudor solo del magisterio y del saber que proceden de Dios, más que de la enseñanza recibida de los ancianos.

 

La enseñanza de san Pablo

15.2. Por lo cual también el mismo Apóstol enseña no solo con los escritos, sino también con las obras, que tal presunción debe ser detestada por completo. Por este único motivo él dice que subió a Jerusalén, para confrontar el Evangelio que, acompañado por la gracia del Espíritu Santo, predicaba a los pueblos, con el poder de los signos y prodigios, con los otros apóstoles y con sus antecesores, de una forma, por así decirlo, privada y doméstica. Y dice: “Les expuse el Evangelio que predicó entre los pueblos, para no correr o haber corrido en vano” (Ga 2,2).

 

Interroga

15.3. ¿Quién, por tanto, será tan presumido y ciego que se atreva a confiar en su propio juicio y discernimiento, cuando el vaso de elección testimonia que tuvo necesidad de consultar a sus coapóstoles?

15.3a. Por donde se prueba claramente que el Señor no muestra el camino de la perfección a nadie que teniendo la posibilidad de ser instruido por la doctrina y la instrucción de los ancianos[1], la desprecia, considerando insignificante aquella sentencia que debe ser observada diligentemente: “Interroga a tu padre, y te lo anunciará; a tus ancianos y te lo dirán” (Dt 32,7)».

 

Capítulo 16. Sobre la adquisición del discernimiento

Dos son las afirmaciones centrales de este capítulo: el discernimiento se adquiere por medio de la virtud de la humildad. Esto ya fue debidamente fundado en la Sagrada Escritura en el capítulo precedente. Y, segundo, hay que transitar por la vía de medio, pues los excesos nos vuelven hacia atrás. Para ello será necesario aprender a utilizar “las armas de la justicia”; es decir, las que nos ayudan a evitar las tentaciones de los excesos.

 

El discernimiento, que se adquiere por la humildad, ayuda a evitar los excesos

16.1. «El bien del discernimiento debe adquirirse con todo empeño por la virtud de la humildad, que pude preservarnos indemnes de ambos extremos. Existe una antigua sentencia: akrotetes isotetes, es decir, los extremos son iguales[2]. El exceso de los ayunos y la voracidad conducen a un único fin; y también el perjuicio de la inmoderada prolongación de las vigilias al igual que el torpor del sueño pesado que envuelve al monje.

16.1a. Es inevitable que alguien debilitado por el exceso de la continencia vuelva hacia aquel estado en el que se encuentra quien es negligente a causa de la incuria. Así como con frecuencia vemos a quienes no pueden ser engañados por la gula (gastrimargia), vencidos después por la falta de moderación de los ayunos y, por su debilidad, caer en esa misma pasión que habían buscado vencer.

 

“Con las armas de la justicia”

16.2. Velar asimismo toda la noche de manera irracional derriba a quienes no pueden superar el sueño. Por eso, como [dice] el Apóstol: “Por las armas de la justicia que están a derecha e izquierda” (2 Co 6,7), hay que proseguir con recta moderación y así, con la conducción del discernimiento, avanzar entre ambos excesos, para no aceptar ser desviados del sendero de la continencia que proviene de la tradición, ni de nuevo, por una dañina relajación, ceder a los deseos de la gula del vientre».

 

Capítulo 17. Sobre los ayunos y las vigilias carentes de moderación

Abba Moisés nos acerca una muy valiosa reflexión, basada en su propia experiencia: son más peligros y dañinos los abusos de rigor en la ascesis alimentaria y del sueño, que la observancia de una “norma” establecida, más adaptada a la debilidad de nuestra condición humana. Se prepara así el nuevo tema que se desarrollará en la parte final de la presente Conferencia.

 

El grave daño que generan los excesos

17.1. «Me acuerdo, en efecto, que con frecuencia he resistido tanto al deseo de comer que, después de dos o tres días de haber dilatado mi refección, no interpelaba mi mente aquel deseo. Y así, en otra ocasión, mis ojos fueron sustraídos del sueño por una impugnación del diablo, de modo que recé al Señor varias noches y días para que les concediera un poco de reposo; comprendí entonces de estar en peligro, más por mi aversión al sueño y por el fastidio del alimento que por la lucha contra el sopor y la gula.

17.2. Y así como debemos apresurarnos a no caer en la nociva relajación por el apetito de la voluptuosidad corpórea, y presumir, antes del tiempo preestablecido, concederse alimento o exceder su medida; así también, es necesario aceptar el sueño y la refección en la hora prescrita, aunque no [nos] agrade. Pues en ambos casos la lucha surge por obra del enemigo, y la continencia inmoderada derriba de una manera más perniciosa que una perdonable saciedad. Pues de esta se puede ascender a una medida rigurosa con el auxilio de una saludable compunción, desde aquella no es posible».

 


[1] O: la enseñanza y las instituciones de los ancianos (doctrinam seniorem vel instituta).

[2] Se desconoce el origen de esta sentencia. El P. de Vogüé señala que, no encontrándose ningún testimonio anterior a Casiano, es claro que la idea estaba muy extendida (Vogüé, p. 192, nota 131). Para mayor información, ver Conversazioni, pp. 236-237, notas 34 y 35.